APRUEBAN EL NUEVO REGLAMENTO DE SEGURIDAD PARA ACTIVIDADES DE HIDROCARBUROS

 

 

Con el objeto de preservar la integridad y la salud del personal, proteger a terceras personas de eventuales riesgos; así como mantener las instalaciones, equipos y otros bienes relacionados con las actividades del Sector de hidrocarburos, se aprobo el nuevo Reglamento de Seguridad, afin de garantizar la normalidad y continuidad de las operaciones y se contribuya con el medio ambiente



 

El presente Reglamento incorpora al nuevo Reglamento Nacional de Edificaciones y establece en la aplicación de normas, códigos, estándares, procedimientos y buenas practicas, optar por la mas exigente.

El Reglamento establece en lo que respecta a requisitos mínimos para los extintores portátiles, que estos deben encontrarse debidamente certificados, indicando su capacidad de extinción, y para su selección, inspección recarga y calidad de sus agentes extintores, deberán cumplir con las NTPs 350.043-capitulo 1 y capitulo 2, NTPs 350.062, capitulo 1,2,3 y 4, para su mantenimiento preventivo estas deben ser concordantes con la NTP 833.026-1 y su norma de rotulado de servicio NTP 833.030.

Finalmente y algo resaltante es que como una medida de protección para el personal que se encuentra comprometido en el combate de incendios y en el rescate de personas para esta actividad, deberan contar con equipos de protección personal EPP, regulado por las normas técnicas nacionales y a falta de estas, por las normas NFPA, debidamente certificados según corresponda, por una entidad certificadora como la UL, ANSI, OSHA u otra norma equivalente aceptada por Osinergmin

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